jueves, 20 de octubre de 2011

El Congreso de los Diputados convoca doce becas para la realización de estudios y trabajos de carácter archivístico, bibliotecario y documental relacionados con el Parlamento.


Publicado en el Boletín Oficial del Estado de miércoles 19 de octubre de 2011, el Acuerdo de 28 de septiembre de 2011, de la Mesa de la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados, por el que se convocan becas para la formación práctica de archiveros, bibliotecarios y documentalistas.
El Congreso de los Diputados convoca doce becas individuales para la formación práctica de licenciados en actividades archivísticas, bibliográficas y documentales y con las publicaciones de la Cámara. El desarrollo de las becas estará dirigido por la Dirección de Documentación, Biblioteca y Archivo, por la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y por el Departamento de Edición Oficial y Tratamiento. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad del Congreso de los Diputados.
Pueden solicitar la concesión de la beca los licenciados universitarios españoles que reúnan las siguientes condiciones especificadas en la convocatoria:
·        Estar en posesión de un título universitario de segundo ciclo o Licenciado expedido por Universidades españolas u homologado por el Ministerio de Educación, en cualquiera de las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas o Humanidades, según el Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales (anexo al Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre).
·        Haber obtenido dicho título en el año académico 2006-2007 o años posteriores.
·        Acreditar una preparación teórica en materias archivísticas, bibliotecarias o documentales, durante al menos 200 horas lectivas.
·        No haber disfrutado durante más de seis meses de otra beca del Congreso de los Diputados de las mismas características.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la base primera de la convocatoria y según indica la base cuarta de la convocatoria "Condiciones de los solicitantes", los solicitantes no podrán padecer enfermedad o defecto físico que impidan la realización efectiva de las prácticas, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier entidad territorial.
La convocatoria establece, entre otros datos de interés, objeto y condiciones de la beca, duración y cuantía, el proceso de selección y concesión de las becas, las condiciones de los solicitantes y las obligaciones del becario.
El plazo para la presentación de instancias, acompañadas del resto de documentación requerida, será de veinte días naturales siguientes a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Fuente: SEPE

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