miércoles, 31 de agosto de 2011

El BOE publica forma y plazos para que los parados puedan solicitar los 400 euros

Los desempleados que agoten la prestación por paro desde el 16 de agosto hasta el 15 de febrero de 2012 y estén inscritos como demandantes de empleo tienen a su disposición el modelo de solicitud para pedir la ayuda de los 400 euros.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy una resolución, de aplicación en todo el territorio nacional, por la que se determina la forma y plazos de presentación de solicitudes y de tramitación para la concesión de la ayuda de 400 euros a los parados que hayan agotado la prestación por desempleo.
Esta cuantía mensual equivaldrá al 75 % del Indicador Público de Rentas Múltiples (IPREM) vigente en cada momento, que ahora es de 532,51 euros, durante un máximo de seis meses.
La ayuda será compatible con cualquier otro tipo de renta mínima o salario social, siempre que el importe de éstas sumado a los 400 euros no supere mensualmente el 75 % del salario mínimo interprofesional, (641,4 euros al mes en 2011) excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Si se supera ese límite el importe de la ayuda se minorará hasta que el conjunto de rentas que percibe el solicitante no lo supere.
Los 400 euros serán compatibles con las ayudas de transporte, manutención y alojamiento por asistencia a acciones de formación para el empleo e incompatibles con el trabajo por cuenta propia o ajena.
Para poder solicitar la ayuda, el desempleado, además de estar inscrito como demandante de empleo, aportar la documentación requerida y comunicar a los servicios públicos la percepción de rentas si las hubiera, debe participar en un itinerario individualizado de inserción.
También se comprometerá a participar en las acciones de políticas activas y de búsqueda de empleo que les propongan los Servicios Públicos de Empleo y aceptar la colocación adecuada que se le ofrezca.
Si el demandante no participa en dichos itinerarios se le descontarán las cantidades que correspondan por los días que no lo haga, excepto el supuesto de maternidad o paternidad.
La primera nómina del programa se comenzará a elaborar el 5 de octubre y el pago se hará mediante transferencia bancaria.
No podrán solicitar la ayuda quienes hubieran percibido la prestación extraordinaria del PRODI (programa que contemplaba la ayuda de 420 euros), los beneficiarios anteriores de la ayuda de 400 euros, quienes hayan agotado o tengan derecho a la renta activa de inserción o que hayan agotado la renta agraria o el subsidio por desempleo dentro del régimen especial agrario.
El BOE también publica el formulario de solicitud de la ayuda.
El pasado día 26, el Gobierno aprobó prorrogar seis meses más esta ayuda incluida en el programa PREPARA, que se aplicaba desde febrero y terminó el 15 de agosto.

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